Monitoreo Transaccional en Panamá: Clave en la prevención del Blanqueo de Capitales
La globalización financiera ha facilitado la movilidad de capitales, pero también ha abierto las puertas al uso del sistema financiero para fines ilícitos, como el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. En respuesta a esta amenaza, Panamá ha fortalecido su marco normativo, destacándose la Ley 23 de 27 de abril de 2015, que establece medidas para prevenir estos delitos. Uno de los pilares fundamentales de esta normativa es el monitoreo transaccional.
¿Qué es el monitoreo transaccional?
El monitoreo transaccional consiste en el seguimiento continuo de las operaciones financieras realizadas por los clientes de un sujeto obligado, para identificar patrones inusuales o sospechosos que podrían estar vinculados con actividades ilícitas.
Este proceso no se limita a detectar grandes movimientos de dinero; también implica observar comportamientos atípicos respecto al perfil financiero del cliente, transacciones en jurisdicciones de alto riesgo, operaciones fraccionadas (estructuración) y uso frecuente de efectivo sin justificación clara.
La Ley 23 de 2015: una herramienta integral
Dentro de esta normativa, el monitoreo transaccional forma parte de las obligaciones de debida diligencia del cliente, especialmente en lo que respecta a:
- Conocimiento del cliente (KYC): Las entidades deben establecer un perfil transaccional con base en el origen de fondos, ocupación, ingresos, patrimonio y la naturaleza de las transacciones esperadas.
- Debida diligencia continua: No basta con identificar al cliente al inicio de la relación; es obligatorio monitorear sus actividades a lo largo del tiempo para detectar desviaciones del perfil establecido.
- Reportes de operaciones sospechosas (ROS): Cuando se detectan actividades inusuales que no se justifican económicamente, las entidades están obligadas a reportarlas de inmediato a la Unidad de Análisis Financiero (UAF), sin notificar al cliente (principio de confidencialidad).
Herramientas tecnológicas y desafíos
Para cumplir eficazmente con estas obligaciones, muchas instituciones han implementado sistemas automatizados de monitoreo transaccional, capaces de analizar grandes volúmenes de datos en tiempo real. Estas plataformas utilizan reglas predefinidas y, en algunos casos, inteligencia artificial para identificar señales de alerta.
Sin embargo, uno de los mayores retos sigue siendo la capacitación del personal y la correcta parametrización de los sistemas. Una mala configuración puede generar falsos positivos o pasar por altos riesgos reales.
El monitoreo transaccional no es una formalidad normativa; es una herramienta en la lucha contra el crimen organizado y la corrupción. En un entorno donde la reputación internacional de Panamá ha estado en observación, la implementación eficiente de la Ley 23 fortalece la credibilidad del país y protege la integridad de su sistema financiero.
Para los sujetos obligados, como nuestro Grupo Económico Cooperativa Profesionales, R.L., el cumplimiento no solo es una cuestión legal; es también una responsabilidad ética y de sostenibilidad a largo plazo.
Invertir en procesos sólidos de monitoreo, es invertir en un futuro más transparente y seguro para todos nuestros asociados.