Fondo de Incapacidad Temporal
La finalidad de este programa, es ayudar económicamente a los asociados que hayan dejado de recibir ingresos, producto de una incapacidad por accidente o enfermedad.
Aporte mensual: B/.4.50
- B/.30.00 diarios (hasta el día 60).
- B/.50.00 diarios (día 61 en adelante).
Aporte mensual: B/.8.00 (voluntario).
- B/.50.00 diarios (hasta el día 60).
- B/.75.00 diarios (día 61 en adelante).
Toda incapacidad está sujeta a una evaluación de la Comisión de Seguros.
- Llenar y firmar el formulario de reclamo.
- Fotocopia de cédula.
- Certificados de incapacidad originales, numerados y emitidos por médico idóneo panameño.
- Al momento de presentar los documentos del reclamo el asociado debe estar al día con el pago de la cuota de este programa.
Se aplicará una vez transcurrido un año calendario, por cada diagnóstico, de la siguiente forma:
- 15 días para los funcionarios públicos.
- 18 días para los empleados de empresa privada, los no asalariados, independientes y estudiantes.
- 60 días, cuando la incapacidad sea consecuencia de Riesgos Profesionales (enfermedad o accidente de trabajo).
El plazo máximo para hacer el trámite del reclamo es de doce (12) meses contados a partir del primer día de la incapacidad. Transcurrido este plazo, el reclamo prescribirá.
Y el beneficio máximo es de hasta 24 meses por enfermedad o accidente.
Se excluyen de este beneficio:
- Los períodos de licencia de gravidez.
- Los asociados que se hayan acogido a una Incapacidad Total y Permanente.
Edad máxima de admisión al programa:
- Será menos de 65 años y tener 5 años continuos de ser asociado.
Al cumplir la edad de jubilación (hombres y mujeres), el asociado tendrá que notificar a la Cooperativa que seguirá trabajando. Esto lo debe hacer en un plazo máximo de 60 días después de la fecha de su jubilación.
Nota: Al acogerse a la jubilación o pensión y no estar laborando, no podrá participar de este programa.