Por qué elegir el Fideicomiso
Lic. José Luis Rivera – Gerente General de Professional Trust, S. A.
El fideicomiso es un contrato con una característica muy particular con la que no cuentan otros esquemas de negocios. En primer lugar, no es una empresa y por otra parte, en el buen sentido de la palabra, nos deshacemos de la propiedad de los bienes para que un tercero los administre, de acuerdo con las instrucciones que se establezcan en el contrato.
Los bienes con los que se constituyen el patrimonio fideicomitido salen de su patrimonio, es decir que hay una enajenación jurídica, de hecho, se cumplen todos los requisitos de una transmisión de propiedad de los bienes, acciones, inmuebles, muebles, etc., para que queden debidamente aportados al patrimonio del fideicomiso.
Considerar al fideicomiso como una opción de planeación patrimonial en la vida diaria y también de negocios, es conveniente, ya que en muchas ocasiones buscamos depositar en alguien la confianza previendo riesgos y futuros conflictos. Al transmitir sus bienes en propiedad fiduciaria, ya no son suyos, sino que forman parte de un fideicomiso, entre cuyas características resaltan que es autónomo, de confianza, consensual, inembargable y confidencial. Esto no quiere decir que usted no pueda usar los bienes que aportó al fideicomiso, lo que se transmite es la propiedad y no la posesión. Esta dependerá del tipo de fideicomiso y de acuerdo con lo pactado entre las partes en el contrato.
Corresponde a la empresa Fiduciaria donde usted ha depositado su confianza, administrar y cumplir a cabalidad el objeto y fines, para lo cual fue constituido el fideicomiso. La Fiduciaria como parte de sus deberes y como un buen padre de familia, debe ofrecer transparencia fiduciaria en la administración de dichos bienes y que se apliquen beneficios en personas naturales o jurídicas en formas determinadas y en atención a sus responsabilidades, las cuales están establecidas por ley.
Podemos decir que el fideicomiso se convierte en un instrumento financiero que puede ser utilizado para efectos sucesorios, nunca en sustitución del testamento, más bien, ambos son complementarios, son figuras paralelas y funcionan de manera universal distintamente.
En Panamá existen leyes y normativas que rigen el negocio fiduciario, tales como:
- Ley 1 de enero de 1984, por la cual se regula el Fideicomiso en Panamá.
- Ley 21 de mayo de 2017, que establece las normas para la regulación y supervisión de los Fiduciarios y del Negocio de Fideicomiso.
- Ley 93 del 19 de septiembre de 2019, que crea el Régimen de Asociación Público-Privada, Artículo 39 – Sociedad de propósito específico y fideicomisos de propósitos determinados.
- Decreto Alcaldicio No.032-2018, por medio del cual se reglamenta el cobro de Tributos, Impuestos, Tasas, contribuciones especiales y Derechos, a las empresas dedicadas al Negocio Fiduciario.
Asimismo, estas leyes y normas establecen que la fiduciaria solo podrá disponer de los bienes fideicomitidos con arreglo a las disposiciones contenidas en el contrato de fideicomiso.
A menudo son más las situaciones a las que nos exponemos en nuestro diario vivir y contar con instrumentos financieros que salvaguarden nuestros bienes personales o de negocios, hoy día se hacen necesarios.
El Fideicomiso se ha convertido en una alternativa que lo acompañará en la planificación financiera a largo plazo.